El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó una segunda pesca exploratoria del calamar gigante o pota durante noviembre, en el marco de las condiciones oceanográficas asociadas a El Niño 2026-2027. La medida fue aprobada mediante la Resolución Ministerial N.° 00382-2026-PRODUCE y tendrá vigencia del 1 al 30 de noviembre de 2026.
La operación dará continuidad a la investigación iniciada en octubre. De acuerdo con Produce, el objetivo es obtener información actualizada sobre los principales indicadores biológico-pesqueros de la pota y contar con evidencia para orientar las decisiones de manejo de esta pesquería. La autorización considera los cambios registrados en el océano durante el actual contexto climático y mantiene el enfoque de evaluación científica antes de adoptar medidas sobre el aprovechamiento del recurso.
“Los resultados preliminares de la investigación y los constantes cambios en las condiciones oceanográficas ameritan contar con información actualizada y directa del mar para tomar decisiones responsables. La prioridad es evaluar el comportamiento del recurso y asegurar que su aprovechamiento se sustente en evidencia científica”, señaló Jesús Barrientos, viceministro de Pesca y Acuicultura.
Condiciones para las embarcaciones
La participación estará restringida a embarcaciones que cuenten con permiso de pesca y habilitación sanitaria vigentes. Cada unidad podrá realizar como máximo dos faenas y deberá emplear líneas poteras. También podrán intervenir embarcaciones artesanales con bodegas de capacidad menor a 10 m³, siempre que cumplan las exigencias establecidas en la resolución.
- Las capturas obtenidas en las dos faenas exploratorias no se contabilizarán dentro del límite de captura asignado a las embarcaciones artesanales participantes.
- Las unidades deberán mantener operativo el SISESAT o aplicar las disposiciones alternativas de seguimiento y trazabilidad previstas por Produce.
- Los desembarques solo podrán efectuarse en puntos autorizados por el Ministerio de la Producción.
- Cada embarcación tendrá que registrar sus capturas y el destino de los recursos extraídos.
Monitoreo y control de la actividad
El Instituto del Mar del Perú (IMARPE) estará a cargo del seguimiento científico de las operaciones. Sus equipos registrarán las características de las faenas, la composición de las capturas y las muestras biológicas obtenidas durante la exploración. La resolución también contempla la participación de observadores científicos cuando corresponda.
Como parte del protocolo, las embarcaciones deberán entregar al menos dos ejemplares enteros y sin eviscerar para el análisis científico. Esta información permitirá complementar los registros sobre el estado del recurso durante noviembre y comparar los resultados con los obtenidos en la primera investigación realizada en octubre.
| Aspecto | Disposición |
|---|---|
| Periodo | 1 al 30 de noviembre de 2026 |
| Faenas permitidas | Máximo dos por embarcación |
| Arte de pesca | Líneas poteras |
| Seguimiento | Monitoreo de IMARPE y trazabilidad obligatoria |
La fiscalización corresponderá a la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, en coordinación con las autoridades competentes. El control incluirá la verificación de los permisos, el seguimiento de las faenas, el registro de las capturas, la trazabilidad de los desembarques y el cumplimiento de los puntos autorizados. Produce señaló que esta segunda exploratoria busca continuar la evaluación del recurso bajo reglas definidas, con información científica y mecanismos de control para el desarrollo de la actividad pesquera.