El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) puso en consulta un proyecto de reglamento para ordenar y reforzar la prestación de servicios de turismo de aventura en el Perú. La propuesta busca establecer condiciones más claras para las actividades al aire libre y elevar los estándares de seguridad que deben observar las empresas y el personal encargado de atender a los visitantes.
La iniciativa fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N.° 392-2026-MINCETUR, publicada el 28 de octubre de 2026 en el diario oficial El Peruano, según informó el Portal de Turismo. Desde esa publicación se habilitó un periodo de 20 días calendario para recibir comentarios, observaciones y propuestas de entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y personas naturales.
Qué plantea el proyecto
El texto sometido a consulta incorpora disposiciones técnicas orientadas a disminuir los peligros asociados con la prestación de estas experiencias. El objetivo declarado es fortalecer la protección de quienes participan en actividades que se desarrollan en escenarios naturales y que forman parte de la oferta turística peruana.
- Establecer medidas técnicas para reducir los riesgos durante las actividades.
- Impulsar la formalización de los operadores turísticos.
- Exigir que el personal a cargo tenga las competencias necesarias para prestar el servicio.
- Contribuir a una atención de mayor calidad y a una relación de confianza con los viajeros nacionales y extranjeros.
La propuesta no se limita a la seguridad durante la actividad. El Mincetur también la vincula con la diversificación de los destinos y experiencias que ofrece el país. En ese marco, la actualización del reglamento pretende que el crecimiento del turismo de aventura se produzca bajo criterios de gestión responsable y con operadores capaces de cumplir las exigencias correspondientes.
Participación durante la consulta
Las personas y organizaciones interesadas pueden remitir sus aportes a través de la sede digital del Mincetur, disponible en www.gob.pe/mincetur, o mediante la Mesa de Partes del ministerio. El plazo fijado por la resolución es de 20 días calendario; por ello, los comentarios deberán presentarse dentro del periodo habilitado por la autoridad a partir de la publicación de la norma.
| Aspecto | Dato oficial |
|---|---|
| Entidad responsable | Mincetur |
| Resolución | N.° 392-2026-MINCETUR |
| Plazo para comentarios | 20 días calendario |
| Canales | Sede digital y Mesa de Partes del ministerio |
El proyecto se sustenta en la Ley General de Turismo, Ley N.° 32392, que establece medidas para promover una actividad turística sostenible y competitiva. La aprobación definitiva del reglamento dependerá del proceso de revisión de los comentarios y aportes recibidos durante esta etapa de consulta pública.