PRIMERAMENTE ¿Qué es la emergencia sanitaria?
La emergencia sanitaria, de acuerdo con el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1156, es un estado de riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, de extrema urgencia, como consecuencia de la ocurrencia de situaciones de brotes, epidemias o pandemias.
Con esta decisión, el Ejecutivo determina las conductas a seguir para afrontar y controlar, en este caso, la pandemia del coronavirus en el país, desde el frente de la salud.
A continuación desarrollamos las diferencias entre ambas situaciones:
ESTADO DE EMERGENCIA (DECRETO DE URGENCIA N° 044-2020-PCM)
FINALIDAD
Proteger eficientemente la vida y la salud de la población, reduciendo la posibilidad del incremento del número de afectados por el COVID-19, sin afectarse la prestación de los servicios básicos, así como la salud y alimentación de la población.
EMERGENCIA SANITARIA (DECRETO DE URGENCIA N° 008-2020-PCM)
FINALIDAD
Reducir el impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y la vida de los pobladores, así como mejorar las condiciones sanitarias y la calidad de vida de su población, y adoptar acciones destinadas a prevenir situaciones y hechos que conlleven a la configuración de éstas.
📌En resumen la EMERGENCIA SANITARIA establece que el Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Salud y EsSalud realizarán, por esta ampliación, acciones inmediatas desarrolladas en el Plan de Acción-Vigilancia, contención y atención de casos del nuevo Covid-19 en el Perú.